Exclusión de Capacidad de un CIL a la LIE

18/07/2018

Boletín Ammper Julio 2018

El proceso que se debe llevar para excluircapacidad de una central eléctrica que tiene celebrado un contrato de interconexión legado al nuevo mercado eléctrico, tanto por parte del generador, así como de la carga, es el siguiente:

I. Pasos por seguir por parte del generador:

  1. Ante la CRE (esta etapa tiene una duración entre 20 y 40 días hábiles):
    • El generador deberá solicitar a través de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE) la exclusión de capacidad. 
    • La CRE en respuesta al oficio enviado por el generador emitirá el permiso de generación de dicha capacidad al amparo de la Ley de la Industria Eléctrica.
       
  2. Ante el CENACE y el Generador de Intermediación (esta etapa tiene una duración aproximada de 30 días naturales):
    • El Generador, mediante un escrito libre, solicitará al CENACE a través del Sistema de Administración de Solicitudes de Interconexión y Conexión (SIASIC) la celebración de contrato de interconexión de acceso abierto (CIAA) anexando a su solicitud; i) la resolución de la CRE; ii) el título del generador; iii) así como la solicitud en escrito libre para exentar los estudios; y iv) las garantías solicitadas para la interconexión.
    • El CENACE instruirá al transportista que celebre el CIAA con el generador respecto a la capacidad excluida. Es importante mencionar, que el CENACE notificará y solicitará que el generador cumpla con la comunicación y medición requerida en el mercado eléctrico mayorista (MEM) a la fecha de la firma del CIAA. 
    • Posteriormente, debera celebrar con el Generador de Intermediación un convenio modificatorio al contrato de representación adecuándolo a la nueva capacidad.
    •  En caso de que no se realice un incremento a la carga en autoabasto, no se deberá de hacer un estudio de porteo.
       
  3. Alta de Activos ante el CENACE (esta etapa tiene una duración entre 30 y 45 días naturales):
    • El generador deberá solicitar que la capacidad excluida sea representada en el MEM por un generador participante de mercado, el cual dará de alta los activos ante el CENACE y a su vez, este último lo modelará en la red.

 II. Pasos por seguir por parte de la carga

  1.  Ante la CRE (esta etapa tiene una duración de 90 días naturales):
    • La carga debera abrir una cuenta en la OPE y posteriormente a través de ésta, enviar una solicitud para convertirse en usuario calificado.
       
  2. Ante el CENACE (esta etapa tiene una duración aproximada de 45 días naturales):
    • El usuario calificado deberá de seleccionar a un suministrador de servicios calificados, el cual entregará la carpeta con la información correspondiente del usuario calificado al CENACE para dar de alta los activos, así como para su modelado en la red por parte del CENACE.

Es importante mencionar, que los pasos previamente mencionados pueden verse afectados en los casos que la autoridad pertinente solicite información adicional o corrección a la proporcionada.

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