Generación Distribuida Colectiva: Un nuevo horizonte para los Generadores Exentos

19/12/2019

Con el nuevo modelo de Generación Distribuida Colectiva publicado en la CONAMER el 27 mayo del 2019, se abre un nuevo esquema para los Generadores Exentos en baja o media tensión. Lo cual puede traducirse en una mayor inversión en este tipo de proyectos.

Anteriormente, la Generación Distribuida realizada por un Generador Exento de menos de 0.5 MW de Capacidad, tenía como posibilidad el vender su energía y productos asociados (CELs) al Mercado Eléctrico Mayorista a través de un Suministrador de Servicios Calificados como Ammper, o en su defecto, vender dicha energía a un Suministrador de Servicios Básicos (CFE) en uno de los siguientes esquemas: Net metering, Net billing o Venta total de energía.

Este modelo permitía vender energía a un Usuario Final siempre y cuando la generación se hiciera dentro de las instalaciones de éste. Lo que limitaba su desarrollo.

Con el nuevo modelo, ahora es posible vender esa energía a través del Suministrador de Servicios Básicos (CFE) a más de un centro de carga. Esto, sin necesidad de estar en las mismas instalaciones.

Los beneficios de esta nueva regulación serán para aquellos Usuarios Básicos que quieran invertir en generación, pero no tengan la infraestructura para hacerlo en sitio. También servirá para los que quieren aprovechar la economía de escala para reducir el costo de instalación.

Para este modelo, un Contrato de Contraprestación Colectivo deberá ser firmado entre el Generador y el Suministrador de Servicios Básicos (CFE). En el cual, deberán establecerse los términos y condiciones por la energía eléctrica generada y entregada. Teniendo así el Generador un convenio con las cargas que no tendrá obligación de ser compartido con el Suministrador.

Esquemas para el nuevo modelo de Generación Distribuida Colectiva

Los esquemas que serán aplicados en este nuevo modelo serán:

Medición Neta 

Compensa la energía ingresada a la red de distribución por el Generador con la energía utilizada por los centros de carga. Para este modelo, todos los centros de carga y el Generador deben tener un punto de interconexión en común. Así también, todas las cargas deberán pertenecer a un mismo nivel de tensión y estar en tarifa ordinaria u horaria.

Facturación Neta

El Generador Exento vende la energía entregada en el nodo Distribuido de la zona de carga y las cargas liquidan su energía de forma independiente. Para esto, no es necesario tener el mismo punto de interconexión, pero sí estar en la misma Zona de Distribución.

En cuanto a la energía no asignada, ésta será remunerada directamente al Generador Exento.

Para este nuevo instrumento, se necesitarán tener 2 o más cargas asociadas. Tomando en cuenta que la carga del propio generador puede ser contabilizada. Cabe mencionar que no hay un máximo de cargas que puedan estar asociadas a un solo Generador. Sin embargo, todas deberán tener un mismo esquema de cobro con una duración máxima de 15 años.

Los Generadores Exentos en Generación Distribuida también pueden migrar al nuevo modelo, siempre y cuando se realice la terminación de su contrato vigente. Teniendo un año para poder regresar en caso de que así lo deseen.

El pasado viernes 29 de noviembre de 2019, la CRE, durante su sesión ordinaria, aprobó este nuevo modelo de generación. Por lo que próximamente deberá ser emitido en el Diario Oficial de la Federación. Una vez publicado, entrará en vigor en un plazo de 6 meses. Abriendo así, un nuevo horizonte para los Generadores Exentos.

Si deseas conocer más sobre los modelos y soluciones de Generación Distribuida, ¡acércate con Ammper!

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– Acuerdo sobre la modificación de lineamientos de los Certificados de Energías Limpias y los requisitos para su adquisición

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