Boletín Ammper Mayo 2021
El pasado 1ero de febrero de 2021, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador, presentó una iniciativa con carácter de trámite preferente, del Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Dicha iniciativa para volverse ley secundaria y ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) deberán transcurrir entre 60 y 110 días ya que requiere ser aprobada por la cámara de diputados y cámara de senadores con las respectivas interacciones en caso de adecuaciones. Posteriormente a esta publicación, el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Secretaría de Energía (SENER) deberán realizar los cambios en los manuales y disposiciones correspondientes en un tiempo máximo de 6 meses.
Iniciativas propuestas:
- Modificar el orden de la prioridad del despacho eléctrico, refiriéndose al orden en el cual las centrales inyectan su energía, en cierto momento a la red. La reforma plantea el siguiente criterio y orden de despacho:
- Centrales hidroeléctricas de CFE (~10 a 15% de la demanda eléctrica de México)
- Resto de plantas de CFE
- Eólicas y solares de particulares
- Plantas de ciclo combinado de productores independientes de energía
- Incrementar las centrales eléctricas legadas del portafolio de CFE, a cualquier central de generación independientemente que esté en operación y de la modalidad de financiamiento.
- Facultad de la CRE para revocar los permisos de autoabastecimiento y sus modificaciones.
- Eliminar la obligatoriedad de que CFE Suministro Básico compre a través de subastas eléctricas. Por lo tanto, estos suministradores podrán decidir la fuente de su energía.
- Establecer que el otorgamiento de CELs no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales de las centrales eléctricas.
- Revisar la legalidad y rentabilidad para el Gobierno Federal de los contratos de compromiso de capacidad de Generación y compraventa de energía con PIEs.
Escenarios
Aprobación | No Aprobación |
---|---|
• Autoridades del sector cuentan con 6 meses, a partir de la publicación en el DOF, para realizar las modificaciones o acuerdos correspondientes. | • Amparos: opción para empresas o personas físicas con posibilidad de sentencias generales. • Acción de inconstitucionalidad: opción para autoridades e instituciones (Legisladores, CNDH, entre otros) con posibilidad de anulación completa de la reforma, argumentando que va en contra de la Constitución. • Controversia constitucional: opción para ciertas autoridades, siendo una medida de control frente a la reforma. • Mecanismos internacionales: opción para empresas, personas físicas o países, en caso de que la reforma afecte o incumpla ciertas cláusulas de tratados comerciales (p.ej., T-MEC). |
Situación Actual


Referencias:
DOF (2021), DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5613245&fecha=09/03/2021
Deloitte (2021), Se propone reforma a la Ley de Hidrocarburos, https://www2.deloitte.com/mx/es/pages/legal/articles/se-propone-reforma-ley-de-hidrocarburos.html
CENACE (2018-2033), PRODESEN, https://base.energia.gob.mx/prodesen/PRODESEN2018/RESUMEN_EJECUTIVO_PRODESEN_2018-2032.pdf
Oil&Gas Magazine (2021), SCJN acepta acción de inconstitucionalidad contra reforma a LIE, https://www.oilandgasmagazine.com.mx/scjn-acepta-accion-de-inconstitucionalidad-contra-reforma-a-lie/
Holland&Knight (2021), El Congreso de México aprueba la Reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, https://www.hklaw.com/es/insights/publications/2021/03/mexican-congress-passes-electricity-reform
COFECE (2021), COFECE interpone controversia constitucional contra el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, https://www.cofece.mx/cofece-interpone-controversia-constitucional-contra-el-decreto-que-reforma-diversas-disposiciones-de-la-ley-de-la-industria-electrica/
NOTICIAS DEL MES
El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, dio a conocer la suspensión de las modificaciones realizadas al Anexo D de la Metodología, Criterios y Términos para Contratos Legados para el Suministro Básico de los Términos, plazos, criterios, bases y metodologías de los Contratos Legados para el Suministro Básico y mecanismos para su evaluación, el cual la Secretaría de Energía dio a conocer mediante el oficio número SENER.100/2020/374.